13- OTROS
13.1 Régimen municipal
Ausencia temporal de alcalde. Designación de vicealcalde primero en cargo no requiere aprobación ulterior de concejo municipal.
En el caso de ausencias temporales tramitadas directa y voluntariamente por el mismo alcalde, la designación del vicealcalde primero -en su lugar- no comporta gravamen alguno que deba ser tutelado por lo que no requiere aprobación ulterior por parte del concejo municipal u otro, salvo el trámite administrativo usual que para efectos remuneratorios demande a lo interno de la corporación municipal. Desde luego, tal sustitución temporal deberá ser informada al concejo municipal respectivo para efectos de facilitar, agilizar y garantizar la dinámica de trabajo entre la alcaldía y ese órgano colegiado.
N.º 8652-E8-2012 de las nueve horas quince minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce. Consulta formulada por los señores Claudio González Artavia, Sonia Torres Arguedas y Amanda Lía Villalobos Jiménez, en su condición particular, sobre el procedimiento de sustitución del señor Alvaro Jiménez Cruz, Alcalde de la Municipalidad de Montes de Oro, provincia Puntarenas.